La construcción de los contenidos normativos responde a una carga fáctica y valorativa, siendo el derecho un instrumento social, las proposiciones del enunciado de la ley recogen las condiciones culturales del entorno social, de una época y lugar determinado; así persisten supuestos en la legislación penal de Sonora con un alto contenido diferencial de género, imponiendo elementos subjetivos como en el caso del delito de estupro donde persiste el elemento de que la “mujer” víctima debe “vivir honestamente”. Esta construcción del tipo penal infiltra relaciones y valores estereotipados entre hombres y mujeres; excluyendo por un lado, que el hombre pueda ser víctima, por otro lado; la carga procesal para la mujer de demostrar el modo honesto de vivir; elemento que tendrá que ser valorizadas con la carga subjetiva misma del juzgador y el medio de que se trate. El trabajo es el resultado de una investigación de tipo exploratorio, basado en el análisis de los argumentos judiciales en las sentencias del delito de estupro en el Distrito Judicial de Navojoa, Sonora, durante 2009.
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