Nadia Wendoline Villón Rodríguez, José Ignacio Arévalo
La imparcialidad de los jueces en los procesos bajo su conocimiento, es uno de los principios que garantizan el debido proceso, está reconocido como derecho humano y se encuentra positivizado en el artículo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Así, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se ha pronunciado respecto del principio de imparcialidad y ha sostenido que, ésta exige que el juez que interviene en una contienda particular se aproxime a los hechos de la causa careciendo, de manera subjetiva, de todo prejuicio.
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