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Resumen de Limitación del concepto de orden público en el execuátur de laudos arbitrales extranjeros, en relación con la supuesta arbitrariedad de los árbitros: Auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 27 de abril de 2023

Javier Julio Izquierdo Jiménez, Marta Robles Cháfer

  • La tendencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en los últimos años, ha sido la de restringir al máximo posible el concepto de orden público, con el fin de ser permisivo en el reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales extranjeros. En su reciente Auto de 27 de abril de 2023 culmina esa tendencia, y limita todavía más los casos en los que puede entenderse vulnerado el orden público español como causa de denegación del reconocimiento de un laudo arbitral. En particular, matiza sus resoluciones previas en las que, respecto de la motivación de la decisión de los árbitros, establecía que aún podía apreciarse vulneración del orden público cuando dicha motivación fuese manifiestamente arbitraria, avalando así analizar el fondo del asunto.


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