Brasil
El objetivo del ensayo es analizar el papel del Estado y de las Políticas Públicas en relación a la aplicación de la inmunidad tributaria de los templos de cualquier culto, en particular a las religiones de matriz africana: Umbanda y Candomblé. En el artículo 150, VI, "b" de la Constitución Federal de 1988, en relación a las religiones afrobrasileñas, tratándose la discusión sobre la eficacia de la aplicación de la inmunidad tributaria de los templos de cualquier culto, encontrada en el artículo 150, VI, "b" de la Constitución Federal de 1988. Para ello, proponemos presentar una breve discusión sobre el desarrollo del Estado capitalista, Políticas Públicas e inmunidad tributaria en los templos religiosos. Se percibe la ineficacia de la norma inmunizante en las religiones afrobrasileñas, por diversos factores, como: la no institucionalización debido a la esencia anárquica de esos cultos, el no reconocimiento histórico como religión, el desconocimiento de la legislación por los practicantes de esas religiones, y el prejuicio. De la falta de comprensión de lo que serían estas religiones se propone el reconocimiento de las particularidades de cada religión y de cada templo religioso, a fin de proporcionar la aplicación de la inmunidad a todas las religiones.
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