Guayaquil, Ecuador
Sevilla, España
A partir del año 2008 el marco constitucional ecuatoriano se transformó pasando de un Estado de Derecho a un Estado de Derechos y Justicia, este cambio de paradigma constitucional va más allá de la retórica argumentativa del derecho, implica un cambio en su finalidad en sí misma. En este trabajo se analizó las nuevas corrientes constitucionales que apuntan hacia la transformación del Derecho como Ciencia Jurídica teniendo como fin superior La Paz. La constitución ecuatoriana en su Art. 11, 66 y en su capítulo correspondiente a los Derechos del Buen Vivir plantean los elementos necesarios para asegurar el goce de los derechos e instaurar un estado que se sustente en la Justicia Social, ello, no es suficiente pues se deben presentar soluciones pragmáticas que garanticen el ejercicio de los derechos. Para su elaboración se utilizaron los siguientes métodos: Inductivo, histórico lógico y análisis de contenido, por medio de estos se logró determinar la falta de herramientas institucionales que permitan materializar los derechos establecidos por la Constitución de Montecristi así como la necesidad de fortalecer los mecanismos de participación ciudadana como una alternativa pues las instituciones del estado en ocasiones son proclives a cometer vulneraciones sobre los derechos colectivos.
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