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Artículo 4 de la Ley 3/1991 de competencia desleal: no es suficiente una aprovechamiento de la clientela para concluir que ha existido una ilicitud de conducta, sino que es necesario que los medios utilizados sean ilícitos.: Desplazamiento de la carga de la prueba: no corresponde al demandado probar la regularidad de los medios aunque ostente mayor faiclidad probatoria. Titularidad del fondo de comercio


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