Periodo de publicación recogido
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Artículo 4 de la Ley 3/1991 de competencia desleal: no es suficiente una aprovechamiento de la clientela para concluir que ha existido una ilicitud de conducta, sino que es necesario que los medios utilizados sean ilícitos.: Desplazamiento de la carga de la prueba: no corresponde al demandado probar la regularidad de los medios aunque ostente mayor faiclidad probatoria. Titularidad del fondo de comercio
Pedro Rodero Rodríguez, Cristina Camarero Espinosa, Marina Blaya González
2024 Práctica Contenciosa para abogados: Los casos más relevantes sobre litigación y arbitraje en 2023 de los grandes despachos, 2024, ISBN 978-84-19905-74-1, págs. 509-528
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