La singularidad del territorio guipuzcoano, donde el peso del linaje, la Casa y la parroquia constituían los pilares de la sociedad, fue determinante para que la realidad jurídica, política y social del territorio guipuzcoano no se normalizase en el modelo castellano hasta entrado el siglo XVII. Esta circunstancia provoca que la comparación entre el devenir histórico del territorio guipuzcoano y el resto de territorios incluidos en la Corona de Castilla sea de gran interés científico.
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