EL MEDIADOR MERCANTIL, FIGURA CON GRAN TRADICION E IMPORTANCIA EN EL AMBITO DE LAS TRANSACCIONES MERCANTILES DESDE EL NACIMIENTO DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA, RESPONDE A UNA NECESIDAD DERIVADA DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA DESEMPEÑADA POR EL CONJUNTO DE LA SOCIEDAD. EL REVESTIMIENTO JURIDICO DE DICHA ACTIVIDAD SE PRODUCE A MEDIDA QUE LAS TRANSACCIONES MERCANTILES SE COMPLICAN Y MULTIPLICAN, SIENDO ENTONCES NECESARIO QUE SE PROPORCIONE UNA SEGURIDAD JURIDICA A DICHA ACTIVIDAD. ES ENTONCES CUANDO A LOS MEDIADORES MERCANTILES SE LES OTORGA EL CARACTER DE FEDATARIOS PUBLICOS AUTENTIFICANDO Y AFIANZANDO EL TRAFICO MERCANTIL, MONETARIO Y FINANCIERO.
LA ESPECIALIZACION DEL MEDIADOR SE PRODUCE PARALELAMENTE A LA SOFISTICACION DE LOS MERCADOS FINANCIEROS Y CONCRETAMENTE A LA EVOLUCION DE LOS MERCADOS DE VALORES QUE ES CONSECUENCIA DE LA EVOLUCION FINANCIERA Y ECONOMICA MUNDIAL. LA LEY DEL MERCADO DE VALORES HACIENDOSE ECO DE LAS CORRIENTES INTERNACIONALES DESPOJA A LOS MEDIADORES DE SU CARACTER DE FEDATARIOS Y LOS CONVIERTE EN COMERCIANTES QUE ES LO QUE EN UN PRINCIPIO FUERON.
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