Al ejercitar el Estado su función jurisdiccional, pretende hacer efectiva la tutela, la seguridad y el derecho de todos a la Justicia, asegurando con eso la realización del orden jurídico por medio de la aplicación del Derecho objetivo. La función jurisdiccional cognitiva se divide en declarativa, constitutiva, de condena o de mandamiento, siendo así que siempre culmina en una sentencia, conteniendo el pronunciamiento judicial con arreglo al derecho, sea cual sea. Hay veces que la referida función termina con ese simple pronunciamiento. Sin embargo, más frecuente, la resolución judicial indica una acomodación de la realidad al orden, lo que no se produce automáticamente, debiendo ser garantizada, entonces, por una ulterior actividad procesal llamada ejecución. Esta se subdivide, a su vez, en voluntaria o forzosa, conforme a su modo de cumplimiento, sabiendo que la última es indispensable para garantizar que los particulares obtengan de manera tangible y práctica todos los bienes y derechos que el orden jurídico les reconoce. Destaca la existencia de ciertos documentos que por un beneficio legal tienen aparejada ejecución, formados fuera de la presencia judicial, pero que contienen un pacto de sometimiento a la actividad ejecutiva (pactun executivum) en caso de incumplimiento de la obligación constante en ellos. La presente tesis ha tenido por objeto de investigación el proceso ejecutivo civil brasileño, haciendo además un estudio comparado con el español. En ese contexto se ha hecho un paralelismo entre la ley ejecutiva brasileña, la antigua ley española y la nueva legislación de enjuiciamiento civil vigente en España, en lo que toca a la materia en cuestión. Po otra parte, se ha resaltado la importancia de los principios ejecutivos en ambas legislaciones.
Así, se han presentado comparaciones sobre la ejecución en general y sus diversas clases, entre ellas la ejecución propia, singular y colectiva, con sus proce
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